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Derecho de Nuevas Tecnologías

Derecho de Nuevas Tecnologías

El Derecho Informático se define como «Un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática.

El término «Derecho Informático» (Rechtsinformatik) fue acuñado por el Prof. Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los años 1970. Sin embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.

Se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada «Sociedad de la Información», cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos. Es aquí donde hace su aparición el Derecho Informático, no tanto como una rama sino como un cambio.

REGULACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO EN LAS REDES DE COMUNICACIÓN GLOBAL (INTERNET) Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN :
  • Asesoramiento Jurídico para la implantación de una empresa.
  • Aspectos procedimentales de implantación de una empresa en la Red.
  • Auditoria legal de páginas web.
  • Tratamiento de bases de datos.
  • Avisos legales.
  • Gestión de nombres de dominio.
  • Investigación y persecución de delitos informáticos.
RÉGIMEN JURÍDICO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO :
  • Contratos y conflictos.
  • Elaboración de proyectos e impulso de empresas.
  • Asesoramiento jurídico y análisis de la normativa.

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