LERROUX

REFORMA DE LA LEY DE PATENTES DE CHINA

El pasado 17 de octubre de 2020, la 22ª reunión del Comité Permanente del 13º Congreso Nacional del Pueblo aprobó una decisión sobre la modificación de la “Ley de Patentes de la Republica Popular de China”.

La Ley de Patentes de China fue creada en 1984, desde su creación hasta el 2008 tuvo tres modificaciones. Esta cuarta reforma se ha sometido a un largo proceso de preparación, desde su iniciativa hasta su aprobación han pasado seis años. La nueva Ley de Patentes entrará en vigor el 1 de junio de

Entre los cambios relevantes hay que destacarse los siguientes:

  1. Definición del diseño industrial.
    Se definía, tradicionalmente, en el art.2.4 de la Ley de Patentes de China diseño industrial como “un nuevo diseño estéticamente agradable y adecuado para aplicaciones industriales por la forma de un producto, el dibujo o su combinación con otro color, forma o dibujo”. 

    Con la reforma de la Ley de Patentes, actualmente se entiende por diseño industrial “un nuevo diseño estéticamente agradable y adecuado para aplicaciones industriales por la forma, integral o parcial, de un producto, el dibujo o su combinación con otro color, forma o dibujo”.

    En este sentido, la Ley se ha añadido la protección “integral o parcial” de la forma de un producto, lo que implica que la Ley ha ampliado el ámbito de protección respecto a los diseños industriales. Con este cambio, quedará protegido tanto el diseño en su conjunto como los pequeños detalles de éste.

  2. Período de protección.
    Por otro lado, el período de protección para el diseño industrial y el modelo de utilidad se ha ampliado de 10 a 15 años, mientras que el periodo de protección para las patentes sigue siendo de 20 años, desde la fecha de la solicitud.
    Esta ampliación del período de protección tiene la finalidad de preparar la participación de China, como país miembro, en la Convención de La Haya, puesto que el art.17 del Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional
    de Dibujos y Modelos Industriales (Acta de Ginebra del 2 de julio de 1999) exige a las Partes Contratantes designadas una duración de protección de 15 años, desde la fecha del registro internacional.
  3. Prioridad nacional e internacional.
    Según la Ley de Patentes antigua, la solicitud de invención y modelo de utilidad gozaban tanto de prioridad nacional como de prioridad internacional, mientras que la solicitud del diseño industrial exclusivamente gozaba de prioridad internacional. 

    La reforma de la Ley de Patentes ha añadido la prioridad nacional para la solicitud del diseño industrial, siempre que el solicitante la haya pedido dentro de seis meses desde la primera solicitud. En este sentido, todas las tres modalidades de propiedad industrial gozan tanto de prioridad internacional como de prioridad nacional.

Nan Qiu

Abogada (Lerroux)

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