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LERROUX

Los diseños en movimiento ya se pueden registrar en la Unión Europea

Tres formas de representar un diseño ante la EUIPO: imágenes fijas, modelo en 3D y vídeo

Desde el pasado 1 de julio de 2026 es posible registrar ante la EUIPO un diseño mediante un vídeo o un modelo en 3D, algo impensable hasta hace poco. Con ello se completa la Fase II de la reforma de los diseños de la Unión Europea, que busca adaptar su protección a una realidad en la que muchos productos, sobre todo los digitales, ya no pueden explicarse con una simple fotografía.

La ley ya reconocía desde mayo de 2025 la animación como diseño, por el movimiento o la transición de los elementos de un producto. Sin embargo, faltaba la parte práctica, porque las solicitudes seguían admitiendo únicamente imágenes fijas y no había forma de mostrar ese movimiento ante la EUIPO.

Ahora el solicitante puede elegir entre tres formas para representar su diseño

  • La primera y la tradicional es mediante imágenes fijas, aunque ahora admite hasta diez vistas en lugar de siete, en formato JPEG y con un máximo de 2 MB cada una.
  • La segunda opción es un modelo en 3D, presentado en un único archivo OBJ o STL de hasta 20 MB, que permite ver el producto desde cualquier ángulo, si bien hay que tener en cuenta que estos archivos reflejan bien la forma pero no el color ni la textura.
  • La tercera y la más novedosa, es mediante un vídeo en formato MP4 de hasta 20 MB y sin sonido, cuya duración no está limitada por tiempo sino únicamente por el tamaño del archivo Todos estos requisitos técnicos se recogen en la Decisión EX-26-03 de la EUIPO, de 8 de junio de 2026.

A quién le interesa este cambio

Las empresas de software, videojuegos, electrónica y productos digitales, serán las mas beneficiadas a partir de ahora porque pueden proteger una transición de pantalla, un icono animado o una secuencia gráfica tal y como la percibe el usuario.

Pero también puede resultar útil para quienes fabrican productos físicos con partes móviles o plegables. En este sentido, el Reglamento aclara que un diseño queda protegido aunque no se vea en todo momento mientras se usa el producto, como ocurre con el interior de una tapa que solo aparece al abrirla. La única excepción son las piezas que forman parte de un producto más grande, como el parachoques de un coche, que sí deben verse durante su uso normal para poder protegerse.

El formato elegido determina lo que se protege

Es necesario tener presente que cuando un diseño se registra en vídeo, el movimiento pasa a formar parte de lo protegido. Esto significa que, si un competidor copia el aspecto del producto pero no la forma en que se mueve, el registro animado podría no ser suficiente para frenarlo. Por eso, antes de presentar la solicitud merece la pena preguntarse qué aporta realmente valor al diseño, si su apariencia o su movimiento, y cuando ambas cosas son importantes, lo más prudente suele ser registrar dos diseños distintos, uno con imágenes fijas y otro en vídeo, que pueden incluirse en la misma solicitud.

Esta estrategia tiene además una ventaja para las empresas que piensan expandirse fuera de Europa, ya que muchos países todavía no aceptan vídeos ni modelos en 3D, y contar con una versión del diseño en imágenes fijas facilita reivindicar la prioridad de la solicitud europea en esas otras oficinas.

Otras novedades que conviene conocer

La reforma trae también algunos cambios prácticos que facilitan la presentación. Cuando en la representación aparezca algún elemento que no se quiera proteger, habrá que marcarlo de forma clara y coherente en todas las vistas, y en el caso de los vídeos y modelos en 3D se admiten técnicas como el difuminado o el sombreado. Además, un fondo que no sea neutro o una imagen de calidad mejorable ya no impiden obtener la fecha de presentación, siempre que el diseño se vea con claridad. Y, por último, ahora es posible corregir pequeños detalles de la representación, tanto durante la tramitación como después del registro, siempre que el diseño siga siendo esencialmente el mismo.

Conclusión

Esta reforma da mayor alcance a la protección de los diseños en la economía digital, aunque disponer de más opciones también obliga a pensar mejor la estrategia. Antes de presentar una solicitud, cada empresa debería valorar qué quiere proteger exactamente, cuál es la mejor forma de mostrarlo y en qué mercados piensa comercializar su producto, porque de esa decisión dependerá en buena medida el alcance real de su protección.

Natalia Millan

Abogada

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